viernes, 25 de abril de 2008

Empieza la publicación de la Constitución. Cap 1

Titulo Preliminar – De la Ordenación del territorio y sus habitantes.

Art. 1 Pasatiempos Oficinisticos se constituye como un blog social y democrático (a veces).

Art. 2 La soberanía de este blog reside en sus habitantes.

Art. 3 La forma política de este blog es….entre una dictadura, y una anarquía.

Art. 4 El castegalleginglish es el idioma oficial. Todos tienen el deber de comprenderlo, y el derecho a usarlo como les venga en gana. A veces podemos usar palabros de otros idiomas (portugués, italiano, eslovaco…)

Art. 5 La bandera del blog, está formada por tres franjas horizontales……puaj, que vaaaa, es más bien hecha con retales de muchos colores, lunares rosas, lazos verdes y botones azules cosidos por todas partes. Un collage, vamos.

Art. 6 La capital del blog es el Shoutbox, donde estamos todos.

Art. 7 Las fuerzas armadas del blog patrullarán los contenidos del mismo, para que nadie se salga de sus casillas, ni se rebele, que yasta bien…

Art. 8 Cualquier modificación en el territorio del blog (en sus secciones) podrá ser decidida por mi sin referéndum previo.

Art. 9 Los sindicatos, y asociaciones….grupitos varios que se unan en contra de mi persona, deberán someterse a la LGE (Ley de Grupos Enemigos), que indica que deberán dispersarse, disolverse, desaparecer.

Art. 10 Los habitantes, ciudadanos, personas, deberán someterse a esta Constitución y al resto de MI ordenamiento jurídico.

Titulo I – De los Derechos y DEBERES de los habitantes.

Capitulo 1. Derechos

Art. 11 Los habitantes tendrán derecho a expresar sus opiniones, ideas, discutirme cosas, vacilarme (en eso sois expertos) tanto en el shoutbox como en los comentarios.

Art. 12 Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas (esto medio-legaliza vuestra asociación SABER)….solo yo puedo ir armada por el blog adelante.
Se acabaron los derechos, vamos con los deberes, que interesan más:

Capitulo 2. Deberes

Art. 13 Los habitantes tienen el deber de guardarme un cierto respeto como gobernanta de este blog. Deben rendirme culto los domingos y fiestas de guardar.

Art. 14 Deben abrazarme sin parar!!! Hasta que le sangren los dedos de tanto darle al ratón. (Santi, 1 abrazo por día no llega a nada, seamos razonables…..).

Art. 15 Deben contribuir a los gastos del blog enviando transferencias mensuales a la Insigne oficina de Padrenda. Yo ya me encargaré de invertir bien esos fondos, crearé autopistas, iglesias, clubs de alterne…cosas de primera necesidad para un blog.

Art. 16 Tanto los habituales como los ocasionales tienen los mismos derechos y deberes.

En breve el Titulo II - De la Corona (promete, promete el titulo)

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